CAMPEONATO MANUEL CAMPOS

INSTRUCCIONES DE REGATA GENERALES

 

 

1) AUTORIDAD ORGANIZADORA

 

La Autoridad Organizadora estará constituida por la Comisión de Regatas (en adelante CR) del Club de Pesca y Náutica Las Barrancas, López y Planes y La Ribera, Acassuso, Buenos Aires. Te: 4747-9090 / 4743-1067.

Mail: comisionderegatas@cpnlb.org.ar

 

2) REGLAS DE APLICACIÓN

 

Los participantes deberán dar cumplimiento a las siguientes reglas y disposiciones:

2.1) El Reglamento de Regatas a Vela de la I.S.A.F. edición 2009/2012 (en adelante RRV) de acuerdo con el cual estas regatas clasifican como categoría “A”, publicidad prohibida para la fórmula PHRF y “C”, publicidad permitida para la fórmula IRC.

2.2) Las prescripciones de la Autoridad Nacional Argentina (F.A.Y.).

2.3) Los Reglamentos de las fórmulas PHRF e IRC de la Asociación de Regatas a Vela y Hándicaps (CIC).

2.4) Estas Instrucciones de Regata del Campeonato Manuel Campos (IdRG)

2.5) El Aviso de Regata, las Instrucciones de Regata (IdR) y las modificaciones posteriores que se comuniquen a los competidores según el punto 5 de estas IdRG.

2.6) Durante las pruebas, desde la puesta del sol, regirá el Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes 1972 y sus enmiendas, reemplazando a las Reglas de la parte II del RRV.

 

3) PARTICIPANTES, ELEGIBILIDAD Y SERIES

 

3.1) Podrán participar barcos pertenecientes a la Fórmula PHRF de la Comisión Interclubes (CIC), agrupadas en cinco series:  AB;  CD;  EF; M  y  S.

3.2) La serie S (sin spinnaker) no participará de la clasificación general.

3.3) Para la clasificación de las clases solitario y dobles, serán utilizados los ratings “con spinnaker”, independientemente de la serie en la cual se han inscripto.

3.4) Solamente se permitirá la utilización de piloto automático, timón de viento o similar en la clase “solitario”. Esto modifica la regla 52 del RRV.

 

4) PROGRAMA DE REGATAS

 

 

FECHA

NOMBRE

TIPO

RECORRIDO

1

16/04/11

ARA FRAGATA LIBERTAD

CRUCERO

BUENOS AIRES - COLONIA

2

29/05/11

GOLETA DEL BICENTENARIO

MEDIA DISTANCIA

MARCAS FIJAS

3

26/06/11

M/V PNA BERNARDO HOUSSAY

PERSECUCION

MARCAS FIJAS

 

 

5) INSTRUCCIONES DE REGATA PARTICULARES Y MODIFICATORIOS

 

5.1) Las IdR particulares serán publicadas oportunamente para cada regata.

5.2) Los Avisos Modificatorios serán válidos exhibidos en el tablero oficial de la CR hasta dos horas antes de la largada de la regata.

5.3) Treinta minutos antes de la hora establecida para la primera señal de atención, la CR intentará comunicar por VHF, las modificaciones mencionadas en el punto 5.2.

5.4) Toda noticia exhibida de acuerdo a lo mencionado en 5.2 será considerada como comunicada oficialmente a todos los participantes. Esto modifica las reglas 61.1 (b) y (c), 63.2, 65.1, 66 y 67 del RRV.

5.5) La existencia de dichos comunicados podrá ser notificada mediante el izado de la bandera “L” del CIS en el mástil de la CR.

5.6) La CR podrá postergar o cancelar este programa si las condiciones hidrometeorológicas o motivos de causa mayor así lo determinen, no dando lugar a ningún tipo de reclamos.

 

 

 

6) INSCRIPCIONES

 

6.1) Serán realizadas en la sede del CPNLB, y en www.cpnlb.org.ar . La CR podrá disponer otros puntos o medios para su concreción. . Los participantes podrán inscribirse en cada regata, a un costo de $150, o en el campeonato,  abonando en este caso un total $300.

6.2) La CR publicará en la medida de sus posibilidades y previamente a cada regata el listado de barcos inscriptos.

 

7) CLASIFICACION Y PREMIOS DE LAS REGATAS

 

7.1) Toda regata será válida para una serie, si la regata no fue anulada y al menos tres barcos se inscribieron en la serie.

7.2) Se entregarán premios a los ganadores de cada serie, de la clasificación general, de las clases solitario y dobles; y al menor tiempo real (Cinta Azul), excepto en la Persecución.

 

8) CLASIFICACION Y PREMIOS DEL CAMPEONATO

 

8.1) A los efectos de la clasificación final del campeonato, tanto por serie como la general, se utilizará el sistema de puntaje alto. El puntaje a asignar a un barco surge de restar a 101 (ciento uno) el puesto que ha logrado en la serie de una regata y de restar a 501 (quinientos uno) el puesto que ha logrado en la general de una regata. Ejemplo de Serie: 1er puesto 100 puntos, 2do puesto 99 puntos, 3er puesto 98 puntos y así sucesivamente.

8.2) A los barcos que en una regata clasifiquen como DNF, DNS, OCS, DNC, RAF o DSQ se les otorgarán en la Serie los puntos que surgen de restarle a 101 el total de inscriptos más uno (+1) de la regata que más cantidad de inscriptos tenga en la Serie en todo el Campeonato. En la General se les otorgarán los puntos que surgen de restarle a 501 el total de inscriptos más uno (+1) de la regata que más cantidad de inscriptos tenga en todo el Campeonato.

8.4)  El Campeonato consistirá de 3 regatas. Podrá descartarse 1 regata con 3 realizadas.

8.5) REGLAS DE DESEMPATE

Este artículo modifica las reglas correspondientes del apéndice A del RRV. Si dos o más barcos empataran en puntos, se definirá al ganador entre ellos utilizando los siguientes criterios en el orden indicado:

8.5.1) A favor del barco que hubiera obtenido mayor cantidad de primeros puestos, repitiendo de ser necesario este procedimiento con segundos, terceros y demás puestos, utilizando solamente las regatas no descartadas;

8.5.2) A favor del barco que hubiera batido más veces al otro utilizando la totalidad de las regatas (descartadas y no descartadas).

8.5.3) A favor del barco cuya suma de tiempos corregidos fuera inferior utilizando solamente las regatas descartadas y no descartadas (excluida la Persecución), en las que ambos llegaron sin ser descalificados.

8.5.4) A favor del barco que hubiera batido al otro en la última regata, repitiendo de ser necesario este procedimiento con la anteúltima, la antepenúltima y demás regatas;

8.5.5) Los barcos empatarán el puesto.

A los fines de las cláusulas 8.5.2 y 8.5.4, batir al otro en una regata significa haber obtenido mayor puntaje en la misma.

8.6) Al finalizar el Campeonato se entregarán premios a los 1º, 2º y 3º de cada serie y al 1º, 2º y 3º de la clasificación General de PHRF, al 1º de IRC, al 1º y 2º de la Clase Dobles y al 1º de la clase Solitario.

 

9) IDENTIFICACION DE LOS PARTICIPANTES

 

9.1) La identificación positiva de cada participante por parte de la CR antes de partir y después de llegar será responsabilidad de cada timonel. De no concretarse esta identificación el barco podrá ser clasificado DNC (no corrió) o DNF (no llegó). Los barcos que no tengan número de vela deberán ser especialmente cuidadosos en asegurar su identificación.

9.2) Los barcos que no están en regata (un barco está en regata desde su señal preparatoria) no deberán interferir el desplazamiento de los barcos que están en regata.

9.3) Esto modifica la regla 77 del RRV. Los barcos que no cuenten con número de vela, o que exhiban un número de vela que no corresponda al barco o no concuerde con el que han citado en su inscripción, que no hayan podido ser identificados en la llegada no podrán pedir reparación por este motivo. Esto modifica la regla 60.1 (b).

 

10) INSPECCIONES

 

La CR podrá proceder a inspeccionar los barcos mientras no estén en regata. Un barco que sea llamado para inspección deberá facilitar la tarea de la CR, lo que incluye navegar de inmediato hasta el sitio establecido como base de mediciones cuando le fuera requerido. Una negativa o reticencia a facilitar la inspección podrá ser considerada un grave mal comportamiento, en los términos de la regla 69 del RRV.

 

 

11) EMPLEO DEL MOTOR

 

No está permitido el uso del motor desde la señal de atención de su serie. Se permitirá el uso del motor únicamente para recuperar un tripulante, lo que deberá ser informado posteriormente a la CR por medio de una declaración de cumplimiento.

12) PROTESTAS

 

Será de aplicación lo dispuesto en las reglas 60.1 y 61.1 (a) del RRV con los siguientes agregados:

A) Cuando un barco intente protestar deberá indicarlo inmediatamente izando una bandera cuadra color rojo, tratando por todos los medios de comunicar al protestado su intención. Al cruzar la línea de llegada deberá hacerlo con la bandera de protesta izada.

B) El barco que protesta deberá comunicar su intención de protestar a la CR antes de abandonar la zona de regata, indicando contra que barco/s protesta.

C) Las protestas se presentarán por escrito, en el formulario que está disponible en la pagina web. Dentro del plazo que figure en las IdR particulares de cada regata.

D) Las protestas serán tratadas en la fecha y hora que figure en las IdeR particulares de cada regata..

 

13) SEGURIDAD

 

13.1) La CR medirá la velocidad del viento antes de iniciar la secuencia de largadas, y  podrá  postergar o anular  la regata si el instrumental de a bordo indicara un valor superior a veinticinco (25) nudos o inferior a cuatro (4) nudos en forma aproximadamente constante. Ello no limita su capacidad de anular la regata por cualquier motivo de seguridad que considerara, aún si el viento no hubiera alcanzado dicha cota.

13.2) La Regla 40 del RRV establece que, cuando se despliega la bandera ‘Y’ antes o con la señal de atención, los competidores usarán chalecos salvavidas u otro elemento adecuado de flotación personal. Los trajes húmedos y los trajes secos no son elementos de flotación personal adecuados.

13.3) Todo barco que abandona la competencia deberá comunicarlo de inmediato a la CR. por VHF, a la secretaría del Club organizador telefónicamente, o a Prefectura Naval por canal 16, a la mayor brevedad, evitando así la espera innecesaria del arribo de dicha embarcación. El no cumplimiento de este artículo solo podrá ser protestado por la CR, modificando esto la regla 60.1 del RRV. De no concretarse esta identificación el barco podrá ser clasificado DSQ (descalificado). La falta de notificación podrá además poner en marcha un operativo de búsqueda por la autoridad marítima, lo que podrá acarrear sanciones posteriores para el participante que omita esta comunicación.

13.4) La CR podrá verificar la disponibilidad de los Elementos de Seguridad para Río de la Plata Interior y Delta del Paraná, y penalizar al barco que no los tenga en regla.

 

14) COMUNICACIONES

 

La CR operará por VHF en el canal 18. Si no dispone de otro modo, no se cursarán otras comunicaciones, aparte de las llamadas de emergencia, que no sean las mencionadas en estas IdRG. La CR podrá suspender las comunicaciones radiales durante el proceso de partida de las series. Debido a las interferencias, ninguna comunicación radial hecha por la CR tendrá carácter oficial ni será fundamento para un pedido de reparación, modificándose con esto la regla 62 del RRV. Todas las comunicaciones de los participantes serán hechas a la CR. Toda comunicación barco-barco se tomará como ayuda externa, pudiendo la CR descalificar a los barcos involucrados.

 

15) DECLARACIÓN DE CUMPLIMIENTO

 

Será presentada a requerimiento de la CR.

 

16) RESPONSABILIDAD DE LOS ORGANIZADORES Y DERECHO DE ADMISIÓN

 

16.1) La CR se reserva el derecho de no aceptar y/o devolver las inscripciones de aquellos yates, que por sus características no cumplan con las reglas y limitaciones mencionadas en los puntos 2 y 3 de estas IdRG o con las condiciones de autoadrizamiento, estanqueidad y cualquier otra condición que afecte a la seguridad de la navegación.

16.2) Todos los participantes admiten que compiten voluntariamente y bajo su propio y exclusivo riesgo, teniendo pleno conocimiento que la competencia puede ser peligrosa, por lo que liberan de toda responsabilidad, directa o indirecta y con tanta amplitud como lo permita la ley, a los organizadores, coorganizadores, autoridades, oficiales, jueces, agentes y/o empleados de los organizadores, coorganizadores y/o prestadores de servicios, en forma onerosa o gratuita, por cualquier daño, erogación, lesión y/o pérdida de la vida y/o de los bienes que pudiera sufrir y renuncian a cualquier acción, demanda o reclamo ante los tribunales ordinarios de Justicia ordinaria, porque aceptan someterlas al arbitraje bajo el RRV. Esta limitación de responsabilidad abarca los hechos que ocurran antes, durante, entre o después de la competencia y actividades conexas, incluyendo la atención y traslado en caso de una emergencia médica.

16.3) La decisión de partir o continuar en regata es responsabilidad única de cada participante.

 

17) ARBITRAJE

 

Las decisiones finales y acciones tomadas por los organizadores, relativas a cualquier controversia de índole patrimonial o de cualquier otra naturaleza que exceda el marco decisorio establecido por el RRV pero que tenga origen directo o indirecto en la competencia o en hechos o actos vinculados a la misma, que puedan involucrar a los participantes con los organizadores o con otros participantes, o a cualquiera de los mencionados entre sí, en forma conjunta o indistinta, no serán recurribles ante los tribunales de la Justicia Nacional, Provincial ni Municipal. Solamente podrán ser sometidas, por cualquiera de las partes involucradas, al arbitraje del Tribunal Arbitral de Derecho Deportivo, el que establecerá las normas de procedimiento y cuyo laudo será vinculante, definitivo e inapelable.

 

18) AGUAS LIMPIAS

 

De acuerdo a la prescripción de la Autoridad Nacional, los barcos que acumulen residuos durante la regata deberán eliminarlos una vez llegado el barco a puerto. Su eliminación por la borda podrá ser motivo de descalificación.

 

19) ENTREGA DE PREMIOS

 

Se realizará en reunión de camaradería el 02/07/11 en las instalaciones del CPNLB.

 

 

ABREVIATURAS:

RRV: Reglamento de Regatas 2009 – 2012 de la ISAF

CR: Comisión de Regatas

IdR: Instrucciones de Regata

IdRG: Instrucciones de Regata Generales del Campeonato

CIS: Código Internacional de señales